Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31990III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-10

Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/AGUIRRE de Busarello Mónica S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena leva.embargos.-

//neral Roca, 10 de Octubre de 2008.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, procédase al levantamiento de las medidas cautelares trabadas y anotadas en autos (embargo de cuentas e inmueble) a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios al Banco de la Nación Argentina sucursal Villa Regina y al Registro de la Propiedad Inmueble.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro