Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38192

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-10

Carátula: GOMEZ Jorge A. y Otro c/MUTUAL RIVADAVIA Seguros Transp. Pasajeros S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: Deja sin efecto A Resolver

//neral Roca, 10 de octubre de 2008.-

Proveyendo a fs. 95, por recibido, certifique la actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "CATALAN JOSE ARIEL c/EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (Exp. Nro. 33.835-III-01), a fs. 331 vta. se regulan honorarios al Dr. Jorge Arturo Gómez por la suma de $11.740.- los que son confirmados por la Cámara de Apelaciones a fs. 357 vta., y se regulan honorarios al Dr. Hugo F. Concellon los que son elevados por la Cámara de Apelaciones en la mencionada fs. a $7.000.- los que se encuentran debidamente notificados y firmes. Costas a la actora.- A fs. 97 los Dres. Jorge A. Gómez y Hugo Concellón se presentan como patrocinante y apoderado de la Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. 2) fecha de inicio de la ejecución: 22/11/2007. 3) No hay constancia en autos de haberse diligenciado cédula de notificación a la demandada, sin perjuicio de lo cual obra a fs. 12/32 presentación de Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte de Pasajeros con apoderado el Dr. Walter Javier Diez con fecha 07/04/2008 a las 9.05 horas que plantea excepciones de inhabilidad de título, falta de acción y quita. 4) se remite al punto anterior.- 5) Estado del proceso: se encuentra pendiente de resolución.-

Secretaría, 10 de octubre de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 10 de octubre de 2008.-

Con la certificación que antecede, líbrese oficio al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 12 de La Plata.-

Proveyendo a fs. 96, concédese el préstamo solicitado por el término de UN día.-

II) téngase presente las personas facultadas.-

Atento lo proveído precedentemente, déjese sin efecto el auto para resolver de fs. 94.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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