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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37904
Fecha: 2008-10-09
Carátula: LLANOS TORRES Aladino Javier en: D'AMICO Rafaela s/Quiebra S/ Incidente
Descripción: nota de embargo del J.9//oficio al 9
NOTA: Habiéndose recibido del Juzgado Civil 9 Secretaría Ünica de esta localidad, un oficio en los autos:"RAGGIO LUIS C/LLANOS JAVIER S/EJECUTIVO" (21.456-J.9-96), se procede a poner nota de embargo sobre cualquier suma de dinero que por cualquier concepto tenga a percibir LLANOS TORRES ALADINO JAVIER D.N.I. 92.277.207 hasta cubrir la suma de $ 256,83 en concepto de capital con más la suma de $ 200 que se calculan para costas.-
Secretaría, 9 de octubre de 2008.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 9 de octubre de 2008.-
Por recibido, póngase debida nota de embargo por Secretaría.-
Fecho, remítase el oficio al Juzgado Civil 9, sirviendo la presente de atenta nota.-
Se hace saber al Sr. Juez Oficiante que en el presente trámite no hay suma alguna a percibir por Aladino Javier Llanos Torres como así también que el objeto del juicio era el desalojo de un inmueble.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro