Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34647III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-09

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/VIZZOTO Hugo Daniel S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena levant.medidas cautelares.-

//neral Roca, 9 de Octubre de 2008.-

Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-

En atención a lo manifestado por el letrado apoderado de la parte actora a fs. 248, procédase al levantamiento de las medidas cautelares trabadas y anotadas en autos (EMBARGOS, INHIBICIONES) a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al RPI, RPA correspondiente, Banco Central de la República Argentina, Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro