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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36841
Fecha: 2005-09-27
Carátula: CRYBSA S.A. S/Quiebra S/ Inc. Licitación
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 27 de septiembre de 2005.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " CRYBSA S.A. s/ QUIEBRA INC. DE LIC." (Expte. Nº 36.841-III-05).
No habiéndose presentado ningún oferente a la licitación del bien inmueble que fuera asiento de la empresa fallida, debe continuarse con los pasos que den agilidad al trámite de liquidación. Intentada la licitación que aparecia más adecuada a la importancia del bien a realizar y no obteniéndose resultado positivo, corresponde ordenar la subasta de conformidad con lo dispuesto por los arts.203, 205 y cc. de la ley 24522; la que se realizará por el enajenador designado con control de sindicatura.-
A los fines de fijar la base de la subasta corresponde notificar a sindicatura y al enajenador para que en el término de CINCO días propongan la base y condiciones de venta que estimen adecuada a la importancia del bien, previendo interesar a eventuales oferentes, objetivo que se ha de cumplir en el proceso principal, dándose por concluido el presente incidente.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por las normas legales citadas.-
RESUELVO: Ordenar a sindicatura y al enajenador designado para que en el término de CINCO días propongan base y condiciones de la venta en el proceso principal, donde se efectivizará la subasta.-
Dar por concluido el presente incidente.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro