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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33542III
Fecha: 2005-09-27
Carátula: CREDIL S.R.L. c/ETCHEGARAY Hugo Armando S/ Ejecutivo
Descripción: se amplia embargo.-
//neral Roca, 27 de Setiembre de 2005.-
Agrégues, en atención a lo solicitado, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 84,78 en concepto de capital con más la suma de $ 100 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucurrsal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
La suma del embargo precedentemente surge de restar al monto de la planilla aprobada a fs.118 $ 634,78 el retiro de fondos efecutado a fs. 132 de $ 550 lo que totaliza la suma de $ 84,78.-
Atento lo ordenado precedentemente, déjase sin efecto el oficio ordenado a fs. 129 (respecto a los montos de capital más costas).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro