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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37319
Fecha: 2008-10-07
Carátula: PROVINCIA RIO NEGRO c/GARCIA Joaquin S/ Cobro Pesos
Descripción: a cédula//cédula
CEDULA DE NOTIFICACION
PROVINCIA DE RIO NEGRO
FISCAL GENERAL
25 de MAYO 565 1* PISO
VIEDMA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “PROVINCIA DE RIO NEGRO C/GARCIA JOAQUIN S/COBRO DE PESOS (ORDINARIO)” (EXPTE. N* 37.319-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la sentencia que en su parte pertinente dice://neral Roca, 06 de octubre de 2008.-...FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por el demandado y rechazando en consecuencia la demanda promovida por la PROVINCIA DE RIO NEGRO contra JOAQUIN GARCIA, con costas a la primera.-Regulo los honorarios de los Dres. Mónica Baldoni en $ 2.570.-, Osvaldo Miguel Calvo en $ 1.330.- y María Cecilia Calvo en $ 1.330.- (M.B. $ 20.419,20.- arts.6, 6bis, 7 y 38 ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- . Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 104/106
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de octubre de 2008.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
SE LIBRÓ CEDULA A CAJA FORENSE
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
GARCIA JOAQUIN
DR. OSVALDO MIGUEL CALVO Y MARIA CECILIA CALVO
ISIDRO LOBO 1102 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “PROVINCIA DE RIO NEGRO C/GARCIA JOAQUIN S/COBRO DE PESOS (ORDINARIO)” (EXPTE. N* 37.319-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la sentencia que en su parte pertinente dice://neral Roca, 06 de octubre de 2008.-...FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por el demandado y rechazando en consecuencia la demanda promovida por la PROVINCIA DE RIO NEGRO contra JOAQUIN GARCIA, con costas a la primera.-Regulo los honorarios de los Dres. Mónica Baldoni en $ 2.570.-, Osvaldo Miguel Calvo en $ 1.330.- y María Cecilia Calvo en $ 1.330.- (M.B. $ 20.419,20.- arts.6, 6bis, 7 y 38 ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- . Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 104/106
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de octubre de 2008.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
PROVINCIA DE RIO NEGRO
DRA. MONICA BALDONI
DOMICILIO: TUCUMAN 661, 3* piso, oficina 12
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “PROVINCIA DE RIO NEGRO C/GARCIA JOAQUIN S/COBRO DE PESOS (ORDINARIO)” (EXPTE. N* 37.319-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la sentencia que en su parte pertinente dice://neral Roca, 06 de octubre de 2008.-...FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por el demandado y rechazando en consecuencia la demanda promovida por la PROVINCIA DE RIO NEGRO contra JOAQUIN GARCIA, con costas a la primera.-Regulo los honorarios de los Dres. Mónica Baldoni en $ 2.570.-, Osvaldo Miguel Calvo en $ 1.330.- y María Cecilia Calvo en $ 1.330.- (M.B. $ 20.419,20.- arts.6, 6bis, 7 y 38 ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- . Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 104/106
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de octubre de 2008.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro