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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0441/2005
Fecha: 2008-10-03
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: EMBARGO EN JUICIO DE OTRO JUZGADO
EXPTE. Nº : 0441/2005.-
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL.-
Viedma, octubre de 2008.-
Atento lo peticionado, levántese el embargo decretado a fs. 127.-
Conforme lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el demandado tenga o tuviere a percibir en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ ORDINARIO" (Expte nº 0673/08/J1) que tramita por ante el Juzgado Civil nº 1, hasta cubrir la suma de $ 74.521 en concepto de capital, incluídos los honorarios y aporte a la Caja Forense, con más la suma de $ 11.178 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio.-
A tal fin, líbrese oficio al Juzgado mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro