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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34981
Fecha: 2008-10-03
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/DE JESUS Nicolás S/ Ejecutivo
Descripción: A Rentas/ Regulación x acrec.
//neral Roca, 03 de octubre de 2008.-
Al punto, agréguese y del sellado acompañado, VISTA A RENTAS.-
Al punto II, téngase presente lo manifestado.-
Al punto III, atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales por acrecidos del DR. PABLO BERGONZI en la suma de $ 400.-..MB:$ 10.483,94 monto del convenio realizado a fs.95.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuaciòn profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 22l2 RN).-
Notifiquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro