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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0380/2007
Fecha: 2008-10-02
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ OSCAR RAUL QUIDEL, CN SAPAG S.A.C.C.F.I.I.E. Y M. Y OTROS S/ APREMIO
Descripción: requerir conf. de su representada - cumplir ley 869 - traslado liquid.
EXPTE. Nº 0380/2007
CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ OSCAR RAUL QUIDEL, CN SAPAG S.A.C.C.F.I.I.E. Y M. Y OTROS S/ APREMIO
Viedma, octubre de 2008.-
Al escrito de fs. 116:
Agréguese el saldo bancario acompañado.-
Toda vez que los fondos existentes resultan del embargo solicitado por la parte actora y decretado a fs. 13, conforme surge de la constancia de fs. 29, previo a la liberación de fondos en concepto de honorarios a favor de la letrada de la parte demandada deberá requerirse la conformidad de su representada, como asimismo, cumplir con la ley 869.-
Proveyendo a fs. 117:
Tiénese presente la denuncia de la condición ante el IVA.-
Al escrito de fs. 118:
De la liquidación practicada, córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese con la copia prevista por el art. 120 del C.Pr.-
A lo demás peticionado, oportunamente si correspondiere.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro