Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0685/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-02

Carátula: CARTA SUSANA ELVIRA Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: NEGLIGENCIA PRUEBA- ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0685/2007.-

CARATULA: CARTA SUSANA ELVIRA Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

Viedma, octubre de 2008.-

Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba informativa, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-

Conforme lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

R.B..-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro