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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0680/2007
Fecha: 2008-10-01
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: EMBARGO EN JUICIO DE OTRO JUZGADO
EXPTE. Nº : 0680/2007
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, octubre de 2008.-
No habiéndose decretado embargo alguno, aclárese lo peticionado en el escrito a despacho.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que la accionada tenga o tuviere a percibir en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ ORDINARIO" (Expte nº 0673/08/J1) que tramita por ante el Juzgado Civil nº 1, hasta cubrir la suma de $ 12.614 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 3.000 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio.-
A tal fin, líbrese oficio al Juzgado mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro