Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38253

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-01

Carátula: SANTA CRUZ Antonio c/MORENO Omar Edgardo S/ Ordinario

Descripción: Acta Preliminar (ORDINARIO)

Autos: "SANTA CRUZ Antonio c/MORENO Omar Edgardo S/ Ordinario" (Expte. Nro. 38253)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 01 de octubre de 2008 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, el Sr. Antonio Santa Cruz con el patrocinio delDr. José María Muñoz y el Sr. Omar Edgardo Moreno con el patrocinio del Dr. Carlos A. Villanueva. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo y se hace un breve resumen de los puntos controvertidos sobre los que deberá dirigirse la prueba son los siguientes: proximidad de las viviendas y construcciones en general de ambas partes, existencia de humedad u otros fenónmenos similares que pueda haber afectado la vivienda del actoren caso afirmativo causas y comienzo de su manifestación, si existe material acopiado, próximo a la vivienda del actor y que pertenezca al demandado, respecto a las características de la vivienda del demandado si existe o existió pérdida de agua que pueda afectar la vivienda del actor, en caso afirmativo de donde proviene dicho fenómeno, daños que pudieron producirse y entidad de los mismos, calidad en general de la vivienda del actor antiguedad y características de la misma, si la vivienda pudo verse afectada por algún fenómeno natural o de acción del hombre, si hubo necediad de desocupación en su caso motivo de la misma y época en que se produjo.En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 04 de diciembre de 2008 a las 8,30 de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora:

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

CONFESIONAL Para la absolución de posiciones de Omar Moreno estése a la audiencia de prueba fijada en autos, a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Quedando notificado en este acto.-

INSTRUMENTAL: Se deja constancia que se encuentra agregado por cuerda el Beneficio de litigar sin gastos del actor.- Líbrese oficio al Juzgado Civil 9 a fin de que remitan el expte. SANTA CRUZ ANTONIO S/PRUEBA ANTICIPADA (30519-J.9-06)

TESTIMONIAL DE RECONOCIMIENTO Para la declaración testimonial de Marcelo Doctorovich y Hugo Luis De Angelis, Luis Americo Sagliaschi, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédula.-

PERICIAL CALIGRÁFICA EN SUBSIDIO: Oportunamente si correspondiere.

INFORMATIVA: en subsidio a OCA, no siendo un hecho controvertido la recepción de la misma, la parte actora desiste de esta prueba.

TESTIMONIAL : Para la declaración de Darío Francisco Quiroga, Roberto Carlos Diaz, José Leguizamón, Marcelo Andrés Doctorovich, Deangelis Hugo Luis, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas a General Roca.-

PERICIAL PSICOLOGICA: Desígnase PERITO a: Gabriela Casariego, domiciliado en Mariano Moreno 1567 de General Roca, quien aceptará el cargo dentro del tercer día de notificado y deberá expedirse sobre los puntos de pericia, dentro de los quince días, bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese mediante cédula.-

En este estado el Dr. Villanueva pide la palabra y manifiesta que va a designar un consultor técnico el Dr. Manuel Galindo. Asimismo el Dr. Muñoz manifiesta que propone como consultor técnico el Lic. Juan Cruz Muñoz. A lo que se provee téngase presente. El Dr. Villanueva manifiesta que quiere agregar un punto de pericia el que consiste en: 1.- Para que determine el perito en base a los antecedente y estudios de expertos, del actor desde cuando se manifiestaron los daños psicológicos que puediera padecer, con motivo de la cuestión que se ventila en autos, 2.- para que diga la perito si el actor ha recibido consulta y o tratamiento psicológico con anterioridad a esta instancia. Respecto del primer punto de pericia el actor deberá proveer las certificaciones y documentación que requiera el perito.-

Proveyendo la prueba ofrecida por el demandado (fs. 76 vta. y 108).-

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

CONFESIONAL Para la absoluciòn de posiciones de Antonio Santa Cruz estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente, a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.-

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Juan Carlos Meheuech, Jorge Kaiser, Velarmino Luis Torres, María Cristina Ulloa, y Hector Omar Villaruel, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cedulas a General Roca y Cervantes.

INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio a la Municipalidad de Cervantes.-

PERICIAL EN INGENIERIA CIVIL: Desígnase PERITO a: Mario Carosanti , domiciliado en Artigas 1004 de General Roca, quien aceptará el cargo dentro del tercer día de notificado y deberá expedirse sobre los puntos de pericia, dentro de los quince días, bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese mediante cédula.-

CONSULTOR TÉCNICO: Téngase presente al consultor técnico propuesto Sr. Orlando Rubén Moreno. En este estado y atento a lo proveido a fs. 110 se entregan las copias a la parte actora contando la misma con cinco días a partir de la fecha, No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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