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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38816
Fecha: 2008-10-01
Carátula: SAN MARTIN RUBILAR José Alberto S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: traslado art.81 del CPC.VISTA A RENTAS.-
//neral Roca, 01 de Octubre de 2008.-
Al punto I, téngase presente la ratificación efectuada.-
Al punto II, atento el estado de autos y previo a lo solicitado, de las pruebas producidas traslado a las partes por el término de CINCO DIAS (art.81 del CPC).-
Asimimso, pasen los presentes en VISTA A RENTAS.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro