Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1207/98/6

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-30

Carátula: TOLOSA ALICIA ESTER C/ PICHIPIL GABRIEL OSCAR S/ ALIMENTOS

Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN

EXPTE Nº 1207/98/6

CARATULA: TOLOSA ALICIA ESTER C/ PICHIPIL GABRIEL OSCAR S/ ALIMENTOS

Viedma, septiembre de 2.008.-

Proveyendo a fs. 93:

Agréguese la cédula recibida.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes y toda vez que la providencia de fs. 92 debe notificarse con la respectiva copia para traslado, ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

Al escrito de fs. 95:

Agréguese, tiénese presente y estése a lo dispuesto precedentemente.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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