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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38296
Fecha: 2008-09-30
Carátula: ARIAS Roberto c/MELLADO Marcos Alejandro S/ Sumarísimo
Descripción: Acta Preliminar //vta. despacho Not.
Autos: "ARIAS Roberto c/MELLADO Marcos Alejandro S/ Sumarísimo" (Expte. Nro. 38296)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 30 de septiembre de 2008, a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, el Dr. Roberto Arias, con su propio patrocinio.- Abierto el acto, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada por lo que se aplica la multa de $ 500 prevista por el art. 362 del C.P.C.. Notifíquese por Secretaria la misma. No hay posibilidades de llegar a un acuerdo se aclara que los hechos controvertidos se dirigen a demostrar las gestiones extrajudiciales ya sean administrativas o de cualquier índole que realizó el actor en favor del demandado para que obtenga la indeminización laboral que manifiesta ha percibido.-En razón de ello, se abre el juicio a prueba por el término de veinte días, quedando notificados en este acto y atento la rebeldía decretada y la incomparecencia a esta audiencia quedando admitidos los hechos personales atribuidos al demandado conforme lo dispone el art. 356 inc. 1º del C.P.C. el Dr. Arias manifiesta que desiste de la confesional, de la informativa al correo argentino y pericial caligráfica por lo que se provee:
DOCUMENTAL Téngase presente.-
INFORMATIVA Líbrense oficios a DZTRN, a la Sociedad Anonima Importadora y Exportadora de la Patagonia, al estudio jurídicio Focaccia y Asoc. Ddr. Pablo Gonzalez, para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.-No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro