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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38564
Fecha: 2008-09-19
Carátula: GURTUBAY Maria Enriqueta S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, de SEPTIEMBRE de 2008.=
Agréguese.
Atento la conformidad de rentas formulada en el otro si digo, téngase por obaldos el impuesto de justicia, sellado y contribuciones.
Regulo los honorarios del Dr. Rodolfo Guillermo Vesciglio en la suma de $ 5.500. - a cargo de los herederos y en la suma de $ 2.750.- a cargo del cónyuge supérstite. (M.B. $ 61.000.-arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro