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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0637/2006
Fecha: 2008-09-18
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0637/2006.-
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA (Rio Negro Fiduciaria)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
PRUEBA DEMANDADA:
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: Al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río y a la Físcalía de Investigaciones Administrativas de la Provincia de Río Negro se declaró la negligencia a fs. 136.-
PERICIA CONTABLE: Informe pericial a fs. 128/131.-
SECRETARIA, septiembre de 2008.-
e.z
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
Viedma, septiembre de 2008.-
Atento la certificación que antecede, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C.Pr.. Notifíquese.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro