Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0259/81/6

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-18

Carátula: OLIVERO ALDO JORGE S/ SUCESION

Descripción: RECIBIDO EXPTE -REQUIERA CONFORMIDAD

EXPTE. Nº 0259/81/6

CARATULA:OLIVERO ALDO JORGE S/ SUCESION

Viedma, septiembre de 2008.-

Por recibido el expediente principal, agréguese la media carátula formada.-

Al escrito de fs. 166:

Toda vez que los fondos depositados en autos no han sido dados en pago, a lo peticionado no ha lugar, debiendo en su caso requerirse la conformidad de los herederos u ocurrir en la forma que corresponda (conf. art. 500 inc. 3° C.Pr.).-

Proveyendo a fs. 168:

Por evacuada la vista conferida. Tiénese presente y hágase saber que deberá reponer en concepto de sellados de ley la suma de $ 6.689 importe calculado al 06/10/08.-

Asimismo, óblese la suma de $ 428 en concepto de aporte al Colegio de Abogados.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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