Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0336/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-18

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ DORO JUAN ANTONIO S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUIDACION - OFICIO AL BANCO

EXPTE. Nº : 0336/2002.-

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ DORO JUAN ANTONIO S/ EJECUTIVO.-

Viedma, septiembre de 2008.-

1.- Agréguese el saldo bancario acompañado.-

2.- No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 02-09-08 asciende a la suma de $ 47,69 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 74/75.-

3.- Atento lo peticionado, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Ernesto Mildenberger (D.N.I. nº 23.245.963) a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 47,69 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

4.- Toda vez que de las constancias obrantes en la causa surge que el embargo decretado a fs. 62 se encuentra en etapa de ejecución y teniendo en cuenta la liquidación aprobada, al embargo solicitado no ha lugar.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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