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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0336/2002
Fecha: 2008-09-18
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ DORO JUAN ANTONIO S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION - OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 0336/2002.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ DORO JUAN ANTONIO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, septiembre de 2008.-
1.- Agréguese el saldo bancario acompañado.-
2.- No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 02-09-08 asciende a la suma de $ 47,69 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 74/75.-
3.- Atento lo peticionado, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Ernesto Mildenberger (D.N.I. nº 23.245.963) a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 47,69 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
4.- Toda vez que de las constancias obrantes en la causa surge que el embargo decretado a fs. 62 se encuentra en etapa de ejecución y teniendo en cuenta la liquidación aprobada, al embargo solicitado no ha lugar.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro