Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0703/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-17

Carátula: BRIONES SUSANA BEATRIZ Y OTROS C/ HUINCA RUBEN ALBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)

Descripción: INICIA DEMANDA - Nuevo

EXPTE N° 0703/2008

CARATULA: BRIONES SUSANA BEATRIZ Y OTROS C/ HUINCA RUBEN ALBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)

Viedma, septiembre de 2008.-

Por presentados, parte a tenor del poder que se agrega y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese en Secretaría el boleto de compraventa.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.Pr.), córrase traslado de ella a los demandados por el término de 15 días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, opongan excepciones dentro del plazo de ley y acompañen la documental de que intenten valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del C.Pr., haciéndoseles saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 C.Pr.). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Previo, atento lo manifestado a en el punto V del escrito de demanda con relación al sellado del boleto pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-

Asimismo deberán completarse las copias de traslado.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse reservado un boleto de compraventa bajo registro B-20/08. Conste.-

SECRETARIA, septiembre de 2008.-

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