Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0637/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-15

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: SE DECLARA LA NEGLIGENCIA PRUEBA -CLAUSURA

EXPTE. Nº 0637/2006.-

CARATULA "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO"

Viedma, septiembre de 2008.-

Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba informativa al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 116, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro