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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0637/2006
Fecha: 2008-09-15
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: SE DECLARA LA NEGLIGENCIA PRUEBA -CLAUSURA
EXPTE. Nº 0637/2006.-
CARATULA "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO"
Viedma, septiembre de 2008.-
Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba informativa al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 116, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro