Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1682/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-12

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ STESSENS CLAUDIO MARCELO S/ EJECUTIVO

Descripción: SENT. REMATE - 5 Jus-

Viedma, septiembre de 2.008.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados TARJETA NARANJA S.A. C/ STESSENS CLAUDIO MARCELO S/ EJECUTIVO Expediente Nº 1682/01/6; y

CONSIDERANDO:

Que el título es ejecutivo (art. 523 inc. 5º del Código Procesal Civil y Comercial).-

Que el demandado no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial (t.o. Ley 2208).-

Por ello;

RESUELVO:

I.- Llevar adelante la ejecución en contra de CLAUDIO MARCELO STESSENS, condenándolo a pagar a TARJETA NARANJA S.A. la suma de $ 1.783 en concepto de capital reclamado e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde el 27/06/2001 hasta el 31/07/2008 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más, igual tasa hasta el efectivo pago.-

II.- Imponer las costas del presente juicio al ejecutado (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial).-

III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Fernando A. Casadei en la suma de $ 450 (5 jus) (arts. 8 y 49 de la Ley 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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