Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0897/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-12

Carátula: CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. C/ SANTIAGO JORGE RUBEN S/ DESALOJO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (Dres. Danilo J. Vega - Pablo D. Montenegro )

Domicilio: Schieroni 338 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. C/ SANTIAGO JORGE RUBEN S/ DESALOJO ", Expte. Nº 0897/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, septiembre 10, de 2.008.- Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 44, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber: PRUEBA ACTORA (Camuzzi Gas del Sur S.A.) DOCUMENTAL: Tiénese presente.- CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).- PRUEBA DEMANDADA (Santiago Jorge Rubén): DOCUMENTAL: Tiénese presente.- INFORMATIVA: Líbrense oficios a Biblioteca de Escuela Primaria Nº 60 de Sierra Grande y Municipalidad de Sierra Grande para que informen acerca del domicilio de la sra. María Cristina Spadaro.- A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 30 de octubre de 2.008 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Mirella Antonia Carrera Gueiquén, Beatriz Karam, Néstor Matrovalerio y Julia Chavez, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 06 de noviembre de 2008 a las 11:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de septiembre de 2008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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