Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32108IV

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-12

Carátula: SCUADRONI Luis A. c/MAGNASCO José S/ Ordinario

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 12 de Setiembre de 2008.-

Al punto 1 y 2, téngase presente el bien denunciado y trabése embargo sobre las sumas que tenga a percibir el ejecutado Sr. JOSE MAGNASCO como locador de de dichos predios, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 21.894,14 en concepto de capital con más la de $ 8.000 calculados para intereses y costas, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense cédulas a los Sres. ADOLFO TASSILE, VALENTIN TASSILE, MAURICIO TASSILE Y MARTIN TASSILE en sus carácter de locatarios.-

Los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro