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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32108IV
Fecha: 2008-09-12
Carátula: SCUADRONI Luis A. c/MAGNASCO José S/ Ordinario
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 12 de Setiembre de 2008.-
Al punto 1 y 2, téngase presente el bien denunciado y trabése embargo sobre las sumas que tenga a percibir el ejecutado Sr. JOSE MAGNASCO como locador de de dichos predios, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 21.894,14 en concepto de capital con más la de $ 8.000 calculados para intereses y costas, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense cédulas a los Sres. ADOLFO TASSILE, VALENTIN TASSILE, MAURICIO TASSILE Y MARTIN TASSILE en sus carácter de locatarios.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro