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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33562IV
Fecha: 2008-09-12
Carátula: MUÑOZ Angel I. C/LOPEZ Mario V. S/ Ordinario
Descripción: Inicio
General Roca, 12 de septiembre de 2008.-
Téngase presente el domicilio denunciado.-
Atento la entrada en vigencia de la ley 4142, recaratúlese el presente trámite y la acción que se deduce tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada Mario Vidal Lopez por el término de veinte días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula ley 22172 a Bahía Blanca-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro