Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0238/98/6

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-11

Carátula: GRAZIANO ANDREA VICTORIA C/ CAMPISI HECTOR ANTONIO S/ ALIMENTOS

Descripción: no ha lugar ----- se dispone REMISION AL JUZG. FAMILIA

EXPTE. Nº 0238/98/6

CARATULA: GRAZIANO ANDREA VICTORIA C/ CAMPISI HECTOR ANTONIO S/ ALIMENTOS

Viedma, septiembre de 2.008.-

Toda vez que lo solicitado excede el marco de la presente acción, esto es la procedencia o no del cese de la cuota alimentaria respecto a la menor Fiorella Campisi, a lo peticionado en este estado, no ha lugar.-

Habiéndose puesto en funciones el Juzgado de Familia Nº 5 y a los fines de la tramitación de las presentes actuaciones, remítanse las mismas. Cítese a las partes intervinientes. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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