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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0238/98/6
Fecha: 2008-09-11
Carátula: GRAZIANO ANDREA VICTORIA C/ CAMPISI HECTOR ANTONIO S/ ALIMENTOS
Descripción: no ha lugar ----- se dispone REMISION AL JUZG. FAMILIA
EXPTE. Nº 0238/98/6
CARATULA: GRAZIANO ANDREA VICTORIA C/ CAMPISI HECTOR ANTONIO S/ ALIMENTOS
Viedma, septiembre de 2.008.-
Toda vez que lo solicitado excede el marco de la presente acción, esto es la procedencia o no del cese de la cuota alimentaria respecto a la menor Fiorella Campisi, a lo peticionado en este estado, no ha lugar.-
Habiéndose puesto en funciones el Juzgado de Familia Nº 5 y a los fines de la tramitación de las presentes actuaciones, remítanse las mismas. Cítese a las partes intervinientes. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro