Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31549III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-11

Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/Coop. La PERLA del Valle Ltda. S/ Ejecutivo

Descripción: subasta inmueble

General Roca, 11 de septiembre de 2008.-

Agréguense los informes acompañados.-

Atento las constancias de fs. 149 respecto del inmueble 06-1-D-018-03 cítese al acreedor hipotecario Banco Nación Argentina a fin de que comparezca a hacer valer sus derechos en autos, en el término de cinco días, bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención. Not.-

Procédase a la venta en pública subasta del bien embargado a fs. 75 D.C. 06-1-B-044-04A con la base de $ 22.163,23 (fs. 136), por intermedio del martillero don Próspero Peletay. El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su designación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiente del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se la darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del C.P.C. y C., debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa.

Publíquense edictos por un día, en el Boletín Oficial y dos días en el Diario Río Negro (arts. 563,564, 566, 575 y 576 del C.P.C. y 208 L.C.Q.), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4 de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o Nro. y tipo de documetno de todos los sujetos intervinientes.-

Líbrese mandamiento de constatación.-

Previo a fijar fecha de subasta deberá citarse al Juez Inhibiente (fs. 145) a cuyo fin líbrese oficio al Juzgado Federal de General Roca, en la causa 1660-96.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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