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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0323/2008
Fecha: 2008-09-10
Carátula: REANO ISMAEL DOMINGO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 C.Pr . ORD. -Nueva
EXPTE. N° 0323/2008
CARATULA: REANO ISMAEL DOMINGO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2008.-
Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 08 DE OCTUBRE de 2.008 a las 10.00 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-
De conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar.
Notifíquese por Secretaría.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro