Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0409/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-10

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ NAHUELPAN SERGIO ALEJANDRO S/ EJECUTIVO

Descripción: OF EMBARGO Y BCO

EXPTE. Nº 0409/2006

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ NAHUELPAN SERGIO ALEJANDRO S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2008.-

Agréguese la boleta de depósito acompañada. Tiénese presente la conformidad de la Caja Forense.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandado, como empleado de Legislatura de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 40 en concepto de saldo de liquidación aprobada. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger (DNI nº 23.245.963) y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 100 debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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