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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38682
Fecha: 2008-09-10
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. c/ PARADA Claudia Beatriz S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio de embargo.-
//neral Roca, 10 de Setiembre de 2008.-
Al punto 1, agrégiese la cedula librada en autos debidamente diligenciada.-
Al punto 2 y 3, téngase presente lo manifestado y líbrese nuevo oficio a la empleadora a los mismos fines que el ordenado a fs.11 último párrafo y por los montos consignados a fs. 10 (capital más costas).-
Hágase saber a la empleadora en el cuerpo del oficio ordenado que deberá mantener la vigencia del embargo trabado para el caso de que demandada se desvincule nuevamente y, luego, se vuelva a reintegrar nuevamente a sus tareas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro