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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38253
Fecha: 2008-09-10
Carátula: SANTA CRUZ Antonio c/MORENO Omar Edgardo S/ Ordinario
Descripción: PROVIDENCIA
General Roca, 10 de setiembre de 2008.-
A la medida cautelar solicitada no ha lugar por afectar el derecho de propiedad, sin una prueba contundente en esta etapa que así lo justifique.-
A fin de resguardar los intereses que indica proponga la prueba pericial que estime corresponder para que con citación de la contraria efectúe la verificación y consecuencias que puedan derivar de la situación que plantea.-
Depositese en Caja Fuerte la documental acompañada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA:En la fecha se deposita fotografias de fs. 83/87.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro