Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38075

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-10

Carátula: OVIEDO Silvina del Valle c/MUIÑA Florentina S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 03 de JULIO de 2008.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a las instituciones bancarias indicadas, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 705,29 en concepto de capital con más la de $ 300 calculados para intereses y costas, debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldo.-

Hágase saber a la presentante que de hacerse efectivo el embargo en algunas de las instituciones bancarias indicadas, deberá abstenerse de la presentantación de los oficios ordenados en la restantes.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro