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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38075
Fecha: 2008-09-10
Carátula: OVIEDO Silvina del Valle c/MUIÑA Florentina S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 03 de JULIO de 2008.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a las instituciones bancarias indicadas, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 705,29 en concepto de capital con más la de $ 300 calculados para intereses y costas, debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldo.-
Hágase saber a la presentante que de hacerse efectivo el embargo en algunas de las instituciones bancarias indicadas, deberá abstenerse de la presentantación de los oficios ordenados en la restantes.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro