include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0365/2006
Fecha: 2008-09-09
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ RONDEAU ELENA S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO Y OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 0365/2006.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ RONDEAU ELENA S/ EJECUTIVO.-
Viedma, septiembre de 2008.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada ELENA RONDEAU como empleada de la Municipalidad del Partido de Patagones hasta cubrir la suma de $ 96,34 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 120 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al municipio mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 526,34 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro