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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38401
Fecha: 2008-09-09
Carátula: FERNANDEZ Catalina Elsa S/ Sucesión
Descripción: regulación por la tercera etapa
General Roca, 09 de septiembre de 2008.-
Regulo, por la tercera etapa los honorarios profesionales del Dr. Tomás Rodriguez en la suma de $ 9.600.- a cargo de la heredera .-(M.B. $ 204.547.75 (fs. 58).- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Agréguense los informes acompañados.-
Previo a inscribir el inmueble D.C. 05-2-D-006-08, y siendo el titular registral Juan Perez (fallecido), cónyuge de la causante, acompáñese libre inhibición del mismo.-
Cumplido que sea con Caja Forense líbrese oficio al R.P.A. a fin de inscribir el domino DOF-068 y oficio al R.P.I. a fin de que inscribir el inmueble DC..05-6-073600 a nombre de la heredera .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro