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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23155/08
Fecha: 2008-09-08
Carátula: MALASPINA, RUBEN ANTONIO S/ ACCION DE AMPARO
Descripción: Prov.vs.
Expte.Nº 23155/08-STJ-
///MA, 8 de septiembre de 2008.-
-----Por contestado el informe requerido a fs.34. Agréguese la documentación acompañada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Atento la controversia existente entre el Dr. Romero (IPROSS) quien expresa (fs.28) que el Avastín no se encuentra en la Guía terapéutica para casos de tratamiento del cancer de colon, mientras que el Dr. Kowalyszyn sostiene lo contrario -basado en las publicaciones adjuntadas-, requiérase al Cuerpo Médico Forense para que con carácter de urgente y previa consulta sobre la autenticidad de los informes producidos en autos, sumado a la historia clínica, informe a este Tribunal respecto la conveniencia de aplicar o no el AVASTIN al paciente de autos en el estado de salud en el que se encuentra.-
Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro