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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14856-046-08
Fecha: 2008-09-08
Carátula: MARGARIDO ELDA Y OTRA / MARGARIDO EMILIO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
Descripción: mal concedido..Not....
Expediente Nro.14856-046-08
San Carlos de Bariloche, 8 de septiembre de 2008
De conformidad a lo previsto por el art. 615 2do. párr. del C.P.C.C., debiendo el presente tramitarse según las normas del juicio sumarísimo, según lo dispuesto por el art. 486 inc. 7 del C.P.C.C., corresponde declarar mal concedido libremente el recurso interpuesto a fs. 405, debiéndolo ser "en relación".
Notifíquese.-
EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO LUIS MARIA ESCARDO
Juez Juez Juez
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Poder Judicial de Río Negro