Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14530-250-07

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-05

Carátula: PLATERO EDGARDO LEANDRO / BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14530-250-07

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dr.

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 04 DE SEPTIEMBRE DE 2008

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “PLATERO Edgardo

Leandro c/ BANCO HIPOTECARIO S.A. s/ ORDINARIO”, expte.

nro. 14530-250-2007 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente diferir el dictado de

la sentencia definitiva de autos hasta la realización de

la reunión de jueces de la circunscripción, tendiente a

estudiar una compatibilización de los criterios de las

causas de adecuación de los mutuos hipotecarios como en

autos, a realizarse el 11 de septiembre próximo.

Que corresponde reservar los votos emitidos.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1) Diferir el dictado de la sentencia

definitiva en los presentes para luego de realizada la

reunión referida.-

2) Fecho, por Secretaría pónganse los autos a

despacho para la firma de la sentencia definitiva.-

3) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí

decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Secretario de Cámara

<*****>




 

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