Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14804-030-08

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-05

Carátula: CARRERA NELIDA / TRUCO PEDRO S/ SUMARIO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14804-030-08

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 05 DE SEPTIEMBRE DE 2008

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CARRERA NELIDA c/

TRUCO PEDRO s/ SUMARIO”, expte. nro. 14804-030-2008

(reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de

la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y

Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a

dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 311/312 se ha

incurrido en error material al citar la foja de lo

resuelto, ya que donde dice: “1ro.) ..., en cuanto

dirigido a cuestionar lo resuelto en el punto 1) de fs.

272 vta.” y “2do.)... en cuanto destinado a derogar lo

resuelto en el punto 2) de fs. 272 vta....”, debe decir:

“1ro.) ..., en cuanto dirigido a cuestionar lo resuelto

en el punto 1) de fs. 271 vta.” y “2do.)... en cuanto

destinado a derogar lo resuelto en el punto 2) de fs. 271

vta.... ”.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL; RESUELVE:

I.- ACLARAR que en la resolución obrante a

fs. 311/312 de los presentes autos, donde dice: “1ro.)

..., en cuanto dirigido a cuestionar lo resuelto en el

punto 1) de fs. 272 vta.” y “2do.)... en cuanto

destinado a derogar lo resuelto en el punto 2) de fs. 272

vta....”, debe decir: “1ro.) ..., en cuanto dirigido a

cuestionar lo resuelto en el punto 1) de fs. 271 vta.” y

“2do.)... en cuanto destinado a derogar lo resuelto en el

punto 2) de fs. 271 vta.... ”.

II.- Registrar y protocolizar lo aquí

decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la

instancia de origen a sus efectos.-

c.t.

Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

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