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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38956
Fecha: 2008-09-05
Carátula: POLICH Enrique A. en: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. c/AMARO Elias Ale s/Ej. S/ Tercería Mejor Derecho
Descripción: ORDINARIO: Inicio
General Roca, 5 de septiembre de 2008.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante este Juzgado Civil TRES, Secretaría Unica, tramitan los autos caratulados: "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/AMARO ELIAS ALE S/EJECUTIVO" (37325-III-06), en el que las partes y sus domicilios son:
El actor: Río Negro Fiduciaria S.A. con domicilio legal en 9 de julio 472 de Cipolletti y constituido junto a su letrado apoderado Dr. Juan Pablo Urquiaga en Avenida Roca 1534.-
El demandado Amaro Elia Ale constituye domicilio junto a su letrado apoderado Dr. fernando Detlefs en 9 de Julio 1425, siendo el domicilio real: La Pampa 1945 de General Roca.-
A fs. 88 consta que el Registro de La Propiedad del Automotor Nº 2 de General Roca, ha tomado razón dela inscripción de la inhibición general ordenada contra Amaro Elias Ale.-
Secretaría, 5 de septiembre de 2008.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 5 de septiembre de 2008.-
Téngase presente la certificación que antecede y de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a los domicilio constituidos-
Déjense las respectivas constancias en los autos principales.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 4/5.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro