include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30852III
Fecha: 2008-09-05
Carátula: CITIBANK N.A. c/CARCOVA Mónica N. S/ Ejecutivo
Descripción: se arpueba liquidacion.Vista a Rentas.-
//neral Roca, 05 de Setiembre de 2008.-
Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.77 y no habiendo sido observada la planilla de liquidación practicada a fs.76, vencido el término para hacerlo corresponde sin más su aprobación por la suma de $ 11.226,25 al 30/05/2008.-
Al punto II, atento el estado de autos y previo a lo solicitado, VISTA A RENTAS.-
Al punto III, en atención a lo peticionado y estado de autos, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que continue con el embargo de haberes de la demandada en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 6.972,80 en concepto de capital con más la de $ 2800 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Se deja constancia que el monto del embargo ordenado surge de restar al monto de la planilla aprobada precedentemente $ 11.226,25 los fondos depositados en la cuenta judicial de autos de $ 4.253,45 no retirados hasta la fecha en virtud a la vista a Rentas ordenada precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro