Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0397/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-03

Carátula: CAROSIO LUIS SANTIAGO Y OTRA C/ FRANKE EMILIO S/ USUCAPION

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR

EXPTE. Nº 0397/2007.-

CARATULA: CAROSIO LUIS SANTIAGO Y OTRA C/ FRANKE EMILIO S/ USUCAPION.-

C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-

INFORMATIVA: Del Registro de la Propiedad Inmueble (fs. 105/106).-

TESTIMONIAL: De los sres. Leonardo Héctor Linares, Arturo Omar Nuñez y Néstor Carlos Nuñez, obrantes a fs. 111, 112 y 113 respectivamente. Del Sr. Hechenleitner, desistida a fs. 114.-

PRUEBA DEMANDADA

INSPECCION OCULAR: Desistida (fs. 118).-

SECRETARIA, septiembre de 2008.-

R.B.

Ana Carolina Soccia

Secretaria

Viedma, septiembre de 2008.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C.Pr.. Notifíquese a la Sra. Defensora de Ausentes en su despacho.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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