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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37634
Fecha: 2008-09-03
Carátula: PASTEN Orfilia C. c/TONICELLI Gustavo A. S/ Homologación
Descripción: Regulación
//neral Roca, 03 de SEPTIEMBRE de 2008.=
Regulo los honorarios de la Dra. SILVIA M. CECI en la suma de $ 750.- Dra. ALEJANDRA MARINA LUNA en la suma de $ 200.-, los del Dr. GUSTAVO TORRES en la suma de $ 300.- los de la perito DANIELA GISELE HERNANDEZ en la suma de $ 350.- (M.B. $ 28.119,01.- arts. 6, 6 bis y 33 de LA).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro