Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0431/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-09-01

Carátula: RODRIGUEZ VIDELA MARCOS GONZALO C/ CASATTE ANALIA ADRIANA Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0431/2008

CARATULA: RODRIGUEZ VIDELA MARCOS GONZALO C/ CASATTE ANALIA ADRIANA Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, septiembre de 2.008.-

Por presentados conforme el poder acompañado, parte y constituido el domicilio.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

De la citación en garantía solicitada, estése a lo proveido a la parte actora a fs. 26.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro