Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37232

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-29

Carátula: INALAF Osvaldo Placido c/ VIA BARILOCHE SRL. S/ Sumario

Descripción: certificación//desistimiento

General Roca, 29 de agosto de 2008.-

Advirtiendo en este estado que por error se consignó que falta producir la pericial médica, la que se encuentra realizada a fs. 201, se aclara que debió decir pericial psicológica.-

Téngase presente el desistimiento y hágase saber que resta producir la informativa al Instituto Médico Patagónico de Choele Choel.-

Intímese a la perito psicóloga a llevar adelante su cometido en el término de cinco días, bajo apercibimiento de remoción. Not.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro