include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0406/2007
Fecha: 2008-08-28
Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ PEÑA ANA MARIEL S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDAC. - OF EMBARGO Y BCO
EXPTE. Nº 0406/2007
CARATULA: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ PEÑA ANA MARIEL S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2007.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 58 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, en la suma de $ 208,30 al 31/07/2008.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, como empleada de la Municipalidad de Carmen de Patagones hasta cubrir la suma de $ 130 en concepto de saldo de liquidación aprobada. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Gustavo Javier Bronzetti Nuñez (DNI nº 24.876.148) y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 208,30 debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro