Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0657/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-28

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GONZALEZ MARIA ANGELICA S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION-EMBARGO Y COBRO AL BANCO

EXPTE. No 0657/2007

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ GONZALEZ MARIA ANGELICA S/ EJECUTIVO

Viedma, agosto de 2008.-

Agréguese.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 29 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 197,50 conforme detalle efectuado por la parte.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada María Angélica Gonzalez como empleada de la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 197,50 en concepto de capital, con más la suma de $ 50 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Atento lo peticionado y a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 197,50 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro