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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0275/2008
Fecha: 2008-08-28
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CALFUPAN LILIANA ESTHER S/ EJECUTIVO
Descripción: PAGO PARCIAL-EMBARGO
EXPTE. Nº : 0275/2008.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ CALFUPAN LILIANA ESTHER S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, agosto de 2008.-
Agréguese y tiénese presente el pago parcial denunciado.-
Atento lo peticionado y a los fines de efectivizar el embargo decretado a fs. 9, líbrese oficio a Capriasca S.A., haciéndole saber que deberá retener la suma de $ 840,35 en concepto de saldo de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 188 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución y depositarla en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro