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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0335/98/6
Fecha: 2008-08-28
Carátula: ASTORGA ELVIRA ANA S/ SUCESION
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS -
EXPTE. N° 0335/98/6.-
CARATULA: ASTORGA ELVIRA ANA S/ SUCESION.-
Viedma, agosto de 2008.-
Tiénese presente la denuncia del bien integrante del acervo hereditario, conforme surge de la documentación presentada.-
Por abonados los impuestos y sellados de ley. Repóngase la suma de $ 4 en concepto a aporte al Colegio de Abogados.-
Atento lo peticionado, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Alba Schiavi de van Konijnenburg; Silvia Aramburú de Uribe y Mario Salvador Caccamo, en forma conjunta, en la suma de $ 130,13 (coef. 11 %) por los trabajos comunes y comprensiva hasta las tareas correspondientes a la respectiva inscripción, con cargo a la sucesión, MB: $ 1.183,20- (arts. 7 y 24 ley 2212). Del aporte efectuado obrante a fs. 78, córrase vista a la Caja Forense.-
Hágase saber a la parte que a los fines de la inscripción del bien en cuestión solicitada, previamente deberá proceder a la respectiva registración en los autos caratulados: BIDEGAIN EDWEN ROBERTO S/ SUCESION, Exte nº 43/91/1 en trámite por ante el Juzgado Civil nº 1.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro