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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37272
Fecha: 2008-08-28
Carátula: ZALAZAR Jorge s/Concurso Preventivo Hoy S/ Quiebra
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 28 de agosto de 2008.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " ZALAZAR JORGE s/ CONCURSO PREVENTIVO s/ QUIEBRA" (Expte. Nº 37.272-III-05).-
A fs.432 se presenta la Municipalidad de Villa Regina y solicita la verificación de los créditos de su mandante posteriores a la apertura del Concurso Preventivo, por el monto de $ 6.641,78 de acuerdo a las certificaciones que acompañaa fs.427/8.-
Solicita la verificación del dicho monto con privilegio general del art.246 inc.4 LCQ.-
A fs.445 sindicatura expide dictamen favorable a lo solicitado por el acreedor, conforme lo prevé el art 202 de la LCQ y aclarando que el último periodo solicitado es el de mayo de 2008 con vencimiento el 12-05-08 y la quiebra fue decretada con fecha 28 de mayo de este año.-
A fs.446 se dictan autos para resolver.-
En base a la documentación acompañada por el peticionante de la verificación, y el dictamen de la sindicatura corresponde hacer lugar a lo solicitado y verificar el crédito post concursal insinuado por la Municipalidad de Villa Regina, por la suma de $ 6.641,78 con privilegio general del art. 246 inc.4 de la ley 24522.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts.33, 36 y 202 de la ley 24522.-
RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado por la MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA y en su consecuencia declarar VERIFICADO su crédito en la quiebra de JORGE ZALAZAR por la suma de $ 6.641,78 con privilegio general del art.246 inc.4 de la ley 24522.-
Sin costas atento lo dispuesto por el art.202 primer párrafo LCQ.,-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro